24 jul 2011

ANCASH: Evolución de transferencias y redistribución del Canon Minero

Por: Richard Moreno Bustos

Ahora en junio, luego que las empresas mineras han regularizado su respectivo Impuesto a la Renta , el Ministerio de Economía y Finanzas ha construido los índices de entrega y ha distribuido al departamento de Ancash la mitad (50%) de aquel impuesto percibido por la SUNAT y que, según la norma adquiere la denominación de “Canon Minero”.
Con relación a su comportamiento, las transferencias de Canon Minero para Ancash, en general, vienen sufriendo reducciones en los últimos años; es así que el monto histórico más alto en los traspasos se dio en el 2007 (S/.1,628.4 millones), para que a partir del 2008 se inicie su progresiva caída anual. En el 2009, debido a la crisis internacional y consecuente caída del precio de los metales, la transferencia de canon minero fue 32% menor; para los años 2010 (786 millones) y 2011(756 millones), a pesar que las utilidades de las mineras se recuperaron rápidamente, las transferencias cayeron en 9% y 3% respectivamente. Estas últimas disminuciones son efecto del proceso de “Reinversión de Utilidades de Antamina” y, en menor medida, se debe a la disminución de la producción e incremento del costo de extracción de oro desde la empresa Minera Barrick Mishquichilca con su unidad minera Pierina.
Los seis primeros meses de éste año (2011), previos a la entrega del canon, nuevamente se hace notar la angustia por recursos que viven las municipalidades que menos canon minero perciben y que son la mayoría. Aquella “Canon dependencia” para ejecutar proyectos de inversión configura escenarios conflictivos y calificaciones infundadas cuando se generaliza que todos los gobiernos locales tienen incapacidad de gasto.
Desde el 2005, la distribución del Canon Minero se reconcentró al entregarse de la siguiente manera:
a) 10% al distrito productor;
b) 25% a los distritos de la provincia productora, incluido el distrito productor;
c) 40% a todos los distritos del departamento, incluido los distritos de la provincia productora;
d) 25% al Gobierno Regional del cual la quinta parte debe entregarse automáticamente a las universidades públicas del departamento.
Por ello, teniendo en cuenta que la norma de distribución del canon minero se discutió en el 2004 y aprobó en enero del 2005, se puede decir que la misma se ubica en un contexto completamente diferente al que actualmente vive la minería, por tanto, debemos poner en el centro del debate los indicadores y mecanismos de distribución respectivos que están condicionadas a beneficiar fuertemente las zonas de influencia minera y  los distritos con mayor población. Apostemos primero por una redistribución al interior del departamento.

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